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La declaración responde a la solicitud de 10 Comunidades Autónomas (Euskadi, Asturias, Extremadura, La Rioja, Cataluña, Navarra, Cantabria, Valencia, Castilla la Mancha, Baleares) y la Ciudad Autónoma de Melilla, a propuesta del Gobierno de España.
Los presidentes autonómicos serán responsables de la aplicación de las medidas de este decreto en sus respectivos territorios y podrán decidir el nivel de aplicación de las medidas de este decreto en función de su situación.
Se establece una prohibición general de la movilidad nocturna entre las 23:00 y las 6:00 horas, pudiendo cada comunidad autónoma modular su inicio entre las 22:00 y las 24:00 horas y su finalización entre las 5:00 y las 7:00 horas. Su aplicación será para todo el territorio nacional a excepción de la Comunidad Autónoma de Canarias, por su mejor situación epidemiológica.
Las Comunidades Autónomas se basarán en los indicadores y criterios acordados el pasado jueves por el Consejo Interterritorial de Salud, relativos al número de contagios, a la capacidad asistencial y de salud pública y también a las características y vulnerabilidad de la población.
Trabajar en España
MadridPedro Sánchez ha decidido adelantar la desescalada ante la perspectiva de unas elecciones anticipadas el 4 de mayo para la Comunidad de Madrid. En lugar de defender las medidas tomadas hasta ahora y enfrentarse a Isabel Díaz Ayuso, que campa a sus anchas sobre todo en la hostelería, los socialistas se han aferrado a la previsión de aceleración de la vacunación gracias a la incorporación de las dosis de Janssen a partir del 15 de abril para descartar, de momento, la prolongación del estado de alarma más allá del 9 de mayo.
Pero, a efectos prácticos, ¿qué cambiará a partir del 9 de mayo? Los expertos tienen clara una cosa, y el Gobierno español está de acuerdo: se levantará el toque de queda nocturno, que en algunas comunidades comienza a las 22 horas y en otras a las 23 o a las 24 horas. Ahora bien, no hay tanta unanimidad en cuanto a las restricciones de viaje. En el caso de las prohibiciones de entrar o salir de las ciudades o comarcas (comarca), los gobiernos regionales pueden acogerse de nuevo a la ley orgánica 3/1986 de medidas especiales en materia de salud pública, aunque se necesita una ratificación judicial. Hay más dudas sobre si permite a las administraciones prohibir los desplazamientos entre regiones. El Gobierno español considera que esta ley es suficiente, todo lo contrario de lo que pensaba hace medio año.
Fin estado de alarma extremadura del momento
El domingo 9 de mayo terminó el estado de alarma. Este estado de alarma está previsto en la Constitución española como un estado de excepción y las restricciones para contener la propagación de la pandemia, que afectaban a determinados derechos fundamentales, también terminaron. Dichas restricciones dependen ahora, en gran medida, de las diecisiete comunidades autónomas, ya que no pueden acogerse al paraguas de la excepción constitucional. Ahora deben acudir a los tribunales para que apoyen las restricciones de acceso, los toques de queda y otras condiciones que puedan afectar a los derechos fundamentales de los españoles. Hay que tener en cuenta que sigue siendo obligatorio el uso de mascarilla en todos los espacios públicos, interiores o exteriores, cerrados o abiertos (incluidas las playas) en toda España.
Como se ha mencionado anteriormente, ahora las limitaciones en España corresponden a cada comunidad autónoma (que, en principio, no puede afectar a los derechos fundamentales garantizados por la Constitución española). Cada comunidad autónoma tiene restricciones basadas en la legislación ordinaria dentro de su territorio, que también deben ser respetadas por los extranjeros que visitan el país. Es decir, dependiendo del lugar al que quiera ir, deberá tener en cuenta una serie de medidas u otras:
Fin estado de alarma extremadura 2021
El control de la emergencia, en efecto, debe confiarse a una pluralidad de organismos de diversa naturaleza. Ello permite, en primer lugar, la extensión efectiva del control a todos los intersticios del concepto de emergencia, cualquiera que sea la naturaleza y el alcance de la medida en que se concrete. La distinta naturaleza de los órganos de control hace, en segundo lugar, que éstos afronten el control de las medidas de emergencia desde perspectivas muy diferentes. La multiplicidad de órganos de control, en tercer lugar, dificulta los posibles intentos de dominar o silenciar todas las reacciones contra los posibles abusos en la invocación injustificada de la emergencia, o en la concreta adopción y determinación del alcance de cada una de las medidas de esta naturaleza.
Algo ligeramente distinto ocurre con la prórroga del estado de alarma: esta función también corresponde al Gobierno a través de un Real Decreto, que también tiene valor de ley reglamentaria. Sin embargo, el Gobierno debe contar con la autorización expresa del Congreso de los Diputados, que puede establecer el alcance y las condiciones vigentes durante la prórroga[5]. De ahí que esta autorización no sea (o, al menos, no sólo) una medida de control político, pues, como veremos más adelante, la voluntad del Congreso coincide con la del Gobierno para decidir sobre la conveniencia o no de la prórroga, así como sobre «el alcance y las condiciones» vigentes durante el estado de alarma prorrogado.